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El conflicto de la creatividad: ¿por qué las leyes no protegen el arte generado por inteligencia artificial?

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A pesar de la capacidad de la inteligencia artificial para producir imágenes y sonidos impresionantes, la ausencia de un toque humano deja dichas creaciones fuera del paraguas de los derechos de propiedad intelectual.

La Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (U.S. Copyright Office) emitió un nuevo informe en el que confirma que las obras producidas íntegramente con el apoyo de la inteligencia artificial —sin importar cuán complejas o detalladas sean las instrucciones— no cuentan actualmente con protección legal de propiedad intelectual. Esta decisión surge en medio de un debate global sobre el derecho de los creadores y de los sistemas inteligentes a atribuirse y proteger la creatividad mediante la ley.

 Base jurídica

1. Ausencia del toque humano: El informe señala que el mero hecho de redactar instrucciones de texto o comandos extensos para la inteligencia artificial no constituye una obra creativa original, ya que el sistema interpreta las órdenes y genera los resultados mediante algoritmos que no están bajo el control total del ser humano.

2. Sin protección para la máquina: Los legisladores enfatizan que la inteligencia artificial en sí misma no puede poseer derechos de autor; dado que no es posible registrar la propiedad intelectual a nombre de una máquina o un programa.

3. Criterio de control humano: El informe se basa en la idea de que, en las artes, un creador humano ejerce un control parcial o total sobre el proceso creativo, mientras que el uso de sistemas inteligentes se limita a aceptar o rechazar el resultado, sin una dirección precisa de los detalles finales.

Leer también: Detalles del caso de OpenAI con una agencia de noticias india sobre derechos de autor

Aplicaciones prácticas

1. Obras galardonadas: La Oficina de Derechos de Autor citó el caso de un artista que utilizó la plataforma «Midjourney» para crear una obra de arte que ganó un premio, lo que desató una intensa controversia. El artista intentó registrar la obra a su nombre, pero la oficina se negó a otorgarle la protección completa.

2. Ilustraciones: Los resultados de textos ilustrados basados en comandos repetitivos y extensos son motivo de debate; la máquina puede omitir ciertos elementos o agregar otros, lo que convierte al texto original en un mero punto de partida y no en un proceso de diseño cuyos detalles más finos controle el ser humano.

Excepciones para las modificaciones humanas

Lo llamativo de la resolución es que la oficina no considera que el simple uso de la inteligencia artificial suponga la exclusión total de la protección, ya que existe una diferencia entre depender de la inteligencia artificial como herramienta auxiliar y dejar que el sistema invente la obra desde cero. Si un artista pinta un cuadro a mano y luego recurre a tecnologías de inteligencia artificial para añadir elementos secundarios, los derechos de propiedad de la parte humana siguen perteneciéndole. Por el contrario, los resultados puramente generados por inteligencia artificial se mantienen fuera del alcance de la protección.

Del mismo modo, si una persona introduce una imagen de su autoría en un programa de inteligencia artificial para añadir dimensiones tridimensionales, y la imagen original conserva sus rasgos claros, puede retener los derechos de autor de la obra global, excluyendo la porción creada por la inteligencia artificial.

Impacto en el futuro

1. Fomento de la creatividad humana: Esta decisión impulsará a los creadores a enfatizar su propia impronta en las obras artísticas mediante el control de los detalles de la pieza final.

2. Posibilidad de desarrollo legislativo: Aunque el informe se basa en las leyes vigentes, podrían producirse cambios en el futuro si las tecnologías de inteligencia artificial evolucionan hasta el punto de permitir al usuario un control preciso sobre cada elemento.

3. Modelos mixtos: Se espera el florecimiento de nuevos patrones de obras «híbridas», donde se aproveche la inteligencia artificial en un proceso determinado junto con una intensa intervención humana. Esto podría generar un debate más amplio sobre el porcentaje de creatividad humana requerido para conceder la protección. 

Repercusiones para artistas y plataformas

Las plataformas que facilitan la creación de imágenes o textos mediante inteligencia artificial se enfrentan a desafíos a la hora de explicar esta decisión a sus usuarios. Algunos artistas creían poseer los «derechos de autor» simplemente por haber concebido la idea e introducido el comando en el modelo inteligente. Ahora, es necesario diferenciar entre lo que constituye una mera idea u orden dirigida a la máquina y lo que representa un esfuerzo artístico humano real.

Este paso reviste una gran importancia para trazar el futuro de los derechos de autor en la era de la inteligencia artificial, donde la tecnología y el arte se cruzan en un marco cuyos límites legales aún no están claros. Con el rápido desarrollo de las capacidades de los modelos inteligentes, la controversia persistirá sobre cómo definir la «creatividad» y distinguir entre el papel del ser humano y el de la máquina en ella.

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